Los derechos a la protección salud y al cuidado médico se llevan
a cabo por:
- Todos los nacionales y extranjeros españoles dentro del territorio nacional español en los términos del artículo 1.2 de
la ley orgánica 4/2000.
- Los nacionales de los Estados miembro europeos de la unión que llevan a cabo el derecho según derecho comunitario y cualesquiera
tratados y convención aplicables firmaron por el estado español.
- Los nacionales de los Estados miembro no europeos de la unión que las derechas son reconocidas por cualquier ley aplicable,
convenciones del treatiesand. Los funcionarios españoles y sus dependientes pueden tener recurso a los regímenes especiales
del seguro a través de los fondos mutuos civiles, militares o judiciales (MUFACE, ISFAS y MUGEJU respectivamente).
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